Ya han pasado varios meses desde el 27 de febrero, cuando el terremoto y posterior maremoto afectó a la zona central de nuestro país. Desde un comienzo, las ayudas tanto de privados como desde el Estado comenzaron a hacerse presente, pues era y es de suma importancia salvaguardar los derechos de cada uno de los ciudadanos. Pero. ¿Qué ha pasado con ellos hasta la fecha? ¿Han sido realmente protegidos sus derechos? Estas preguntas no son fáciles de resolver, pues hay muchos aspectos que están en juego.
Estando próximos al séptimo mes post-terremoto en algunos lugares del país poco a cambiado. En muchas zonas, la ayuda que llegó fue más bien de tipo provisional y un claro ejemplo de esto fueron las mediaguas; quienes perdieron sus casas por motivo el fenómeno natural, recibieron como "solución" una de estas.Sin duda fueron necesarias, pero NO la solución al problema. Cada una de las familias a visto vulnerados sus derechos como su dignidad, privacidad, seguridad, protección social, libertad así como también poder tener una salud adecuada. En relación con lo último, el hacinamiento conlleva a grandes problemas como enfermedades infecciosas, de relaciones humanas entre otros.
Al parecer los derechos de las personas afectadas por el terremoto han sido vulnerados y aparentemente estos no han sido resueltos pues ellos siguen viviendo en casi las mismas condiciones luego de las primeras ayudas otorgadas por el Estado y privados.
Como grupo de estudiantes de Trabajo Social , creemos que los siguientes artículos la "Declaración Universal de Derechos Humanos" ,de la ONU, están involucrados en esta situación:
- Articulo-1:Derecho a la libertad,dignidad y seguridad. Deber fraternal .
- Articulo-3:Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
- Articulo-10:Derecho a la igualdad de ser oídos públicamente.
- Articulo-16:La familia es el elemento fundamental de la sociedad y esta tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
- Articulo-19:Todo individuo tiene el derecho a la libertad de expresión y opinión.
- Articulo-22:Derecho a la satisfacción de los derechos.
- Articulo-25:Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado.
- Articulo-28:Derecho a que se establezca un orden social.
- Articulo-29:Los derechos y libertades deben cumplirse.
En relación con el tema de las mediaguas, es claro que en las condiciones en que se encuentran esas familias no pueden alcanzar un tipo de desarrollo que sea favorables para ellos, pues como se ha señalado anteriormente muchos de sus derechos como personas están vulnerados. Por lo cual se hace necesario que las políticas sociales y nosotros mismo trabajadores sociales podamos ir dando respuesta a como enfrentar esta situación, entregarles herramientas para que ellos se han parte de su propio desarrollo humano y puedan volver a tener la calidad de vida que llevaban antes del 27 de febrero pasado.
Fuente: Declaración Universal de Derechos Humanos. Extraídos desde : http://157.150.195.10/es/documents/udhr/
Nota: Los artículos de la Declaración de Derechos Humanos, no se encuentra textual en lo señalado con anterioridad, sino que se ha realizado una interpretación de ellos, recalcando algunos aspectos.